El relevo generacional es una cuestión clave para muchos titulares de oficina de farmacia. La donación de la farmacia en vida a los hijos, cuando el titular tiene 65 años o más, cuenta con un régimen fiscal especialmente favorable, que permite reducir el coste fiscal hasta niveles muy reducidos si se planifica correctamente.

Reducción del 95 % por transmisión de negocio profesional
La normativa estatal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones permite aplicar una reducción del 95 % del valor de la farmacia donada, al tratarse de un negocio profesional, siempre que se cumplan los siguientes requisitos principales:
- El donante tenga 65 años o más.
- El donante cesa totalmente en la actividad y en las funciones de dirección de la farmacia.
- La donación se realice a favor de un hijo o hija.
- El donatario mantenga la farmacia y la actividad durante 10 años.
Esta reducción se aplica sobre el valor de la farmacia, de modo que solo tributa el 5 % restante.
Bonificación autonómica del 99%.
Además de la reducción prevista en la normativa estatal, algunas Comunidades Autónomas (como es el caso de Castilla y Leon) también aplican una bonificación del 99% sobres la cuota del impuesto por las donaciones entre padres e hijos
En la práctica, el esquema es el siguiente:
- Primero se reduce el valor de la farmacia en un 95 %.
- Se calcula la cuota del impuesto sobre el 5% restante.
- Sobre dicha cuota, se aplica una bonificación del 99%.
El resultado es una tributación efectiva mínima.

Otros aspectos fiscales relevantes
- IRPF del donante: si se cumplen los requisitos de edad, cese en la actividad del donante y mantenimiento de la actividad durante 10 años por la donataria, se considera que no existe ganancia patrimonial derivada de la donación, no teniendo que tributar por este concepto en su IRPF.
- Formalización: la donación debe realizarse en escritura pública notarial y declararse en plazo para no perder los beneficios fiscales.
Conclusión
La donación de la oficina de farmacia a los hijos a partir de los 65 años es una herramienta muy eficiente de planificación fiscal y sucesoria. La combinación de la reducción del 95% y la bonificación del 99% permite facilitar el relevo generacional sin una carga fiscal significativa, siempre que la operación se planifique y documente correctamente.


